Corte Suprema de Argentina
Declaran inoficioso un fallo en causa por ordenamiento de la grilla
El pronunciamiento fue ante una causa iniciada por Multicanal SA.
Esta empresa había cuestionado la resolución 227/08 del Comfer, al considerar que el organismo carecía de facultades para adoptar una decisión sobre la grilla de programación de los operadores de cable.
El caso llegó al máximo tribunal tras un recurso extraordinario presentado por el Estado Nacional contra la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata que hiciera lugar al amparo pedido por Multicanal SA y en consecuencia, falla en contra de aquella resolución.
El pronunciamiento de la Corte expresa que posterior a la demanda el Congreso de la Nación sancionó la Ley 26.522, con el objeto de regular los servicios de comunicación audiovisual en la Argentina.
“Dicha ley regula en forma integral la prestación de servicios de comunicación audiovisual y, en lo que ahora resulta de interés, en su artículo 65 legisla sobre los contenidos de la programación y, en particular, establece concretas disposiciones respecto del ordenamiento de la grilla de los operadores de servicios de televisión por suscripción de recepción fija” argumentó la Corte Suprema.
También invoca que posterior a la sanción de la ley, se produjeron las resoluciones de AFSCA que reglamentaron el citado artículo y establecen precisiones respeto de la forma que debía producirse el ordenamiento en las grillas.
“En consecuencia, al haberse sustituido las disposiciones contenidas en la resolución 227/08, resulta inoficiosa toda decisión respecto de su validez ya que no se advierte la presencia de un interés actual que deba recibir una respuesta de esta Corte Suprema, pues le está vedado expedirse sobre planteos que han devenido abstractos”, concluyó.
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